Asistencia documental estructurada y con fuentes. Este servicio no constituye asesoramiento jurídico: los aspectos jurídicamente vinculantes requieren un profesional cualificado (abogado, DPD o auditor certificado).
REGLAMENTO (UE) 2024/2847 - CYBER RESILIENCE ACT

Sus productos digitales
conformes con el Cyber Resilience Act

El Cyber Resilience Act impone requisitos de ciberseguridad a todos los productos con elementos digitales (hardware y software) puestos en el mercado de la Unión Europea. SYAGA le acompaña para comprender sus obligaciones y construir su expediente de conformidad, sin improvisar.

2024/2847
Reglamento (UE), referencia EUR-Lex
10/12/2024
Fecha de entrada en vigor
3 roles
Fabricante, importador, distribuidor
Escalonada
Aplicación progresiva en el tiempo

El reglamento

El Cyber Resilience Act (CRA) es un texto europeo horizontal sobre la ciberseguridad de los productos digitales

Un ámbito de aplicación muy amplio

El CRA cubre los productos con elementos digitales (hardware conectado, software, firmware) destinados a ser puestos en el mercado de la UE, con requisitos de ciberseguridad a lo largo de todo el ciclo de vida del producto.

📋

Obligaciones que dependen de su rol

Fabricante, importador o distribuidor: el reglamento reparte obligaciones diferentes según su posición en la cadena de puesta en el mercado, siguiendo el modelo ya utilizado por otras normativas de productos europeas.

Una aplicación progresiva, ya en marcha

El texto entró en vigor el 10 de diciembre de 2024 y prevé una aplicación escalonada en el tiempo. Los plazos precisos de aplicación que le afectan deben verificarse en el texto oficial para su situación concreta.

🛠

Pocas empresas han formalizado ya su proceso

Como con los demás textos europeos recientes sobre ciberseguridad, la puesta en conformidad CRA requiere un método (cartografía de productos, análisis de brechas, documentación técnica) que la mayoría de los fabricantes y editores aún no han iniciado por falta de recursos internos dedicados.

¿A quién afecta?

El CRA se dirige a los operadores económicos que ponen productos digitales en el mercado de la UE

Fabricantes

Empresas que diseñan o encargan diseñar productos con elementos digitales (hardware, software, firmware) comercializados bajo su nombre o su marca.

Importadores

Empresas que ponen en el mercado de la UE un producto digital diseñado fuera de la Unión.

Distribuidores

Empresas que ponen a disposición un producto en el mercado de la UE sin ser el fabricante ni el importador.

Nuestro acompañamiento

Un enfoque estructurado para cartografiar sus productos, medir las brechas y construir su plan de puesta en conformidad

1
Encuadre

Entrevista y alcance

Entrevista con la dirección o el equipo de I+D para identificar los productos potencialmente afectados por el CRA (hardware conectado, software embebido, firmware) y su rol de operador económico (fabricante, importador, distribuidor).

2
Diagnóstico

Análisis de brechas respecto al reglamento

Cartografía de sus productos digitales y de sus elementos de ciberseguridad actuales (gestión de vulnerabilidades, actualizaciones de seguridad, documentación existente), comparados con los requisitos del reglamento.

3
Plan de acción

Priorización y hoja de ruta

Plan de puesta en conformidad priorizado: qué debe tratarse primero, qué puede esperar a los próximos plazos reglamentarios, y los recursos a movilizar internamente.

4
Documentación

Apoyo a la elaboración del expediente técnico

Acompañamiento en la estructuración de la documentación técnica exigida por el reglamento (descripción del producto, gestión de riesgos de ciberseguridad, procedimientos de tratamiento de vulnerabilidades).

5
Presentación final

Presentación y transferencia de competencias

Presentación del diagnóstico y del plan de acción a la dirección, con entrega de los entregables editables para su apropiación por sus equipos.

Lo que usted recibe

Un diagnóstico y una hoja de ruta para dirigir su puesta en conformidad CRA

📋

Cartografía de los productos afectados

Inventario de sus productos con elementos digitales y calificación de su exposición al reglamento.

  • Lista de productos y versiones
  • Rol de operador económico identificado
  • Elementos digitales inventariados (hardware/software)
🔍

Diagnóstico de brechas (gap analysis)

Síntesis de las brechas entre su práctica actual y los requisitos del reglamento.

  • Gestión de vulnerabilidades existente
  • Proceso de actualización de seguridad
  • Documentación técnica disponible
📈

Plan de puesta en conformidad

Hoja de ruta priorizada para cubrir las brechas identificadas.

  • Acciones priorizadas
  • Recursos internos a movilizar
  • Puntos de atención por producto
📄

Apoyo al expediente técnico

Acompañamiento en la estructuración de la documentación exigida por el reglamento.

  • Plantilla de descripción del producto
  • Plantilla de gestión de riesgos de ciberseguridad
  • Plantilla de tratamiento de vulnerabilidades
🔐

Vigilancia reglamentaria

Seguimiento de los textos de aplicación y las aclaraciones oficiales publicadas sobre el CRA.

  • Puntos de atención sobre los plazos
  • Alertas sobre la evolución del texto
  • Recomendaciones de anticipación
💻

Entregables editables

Todos los documentos en formatos que usted puede modificar y mantener internamente.

  • Formatos HTML y PDF
  • Documentos editables para sus equipos
  • Estructura reutilizable para sus futuros productos

Un reglamento que se articula con sus demás obligaciones

El CRA no sustituye sus demás proyectos de conformidad, los complementa

N2

NIS2 (Directiva UE 2022/2555)

NIS2 regula la gestión de riesgos cibernéticos de las organizaciones esenciales e importantes; el CRA regula la seguridad de los productos digitales que utilizan o comercializan. Ambos textos son complementarios.

ISO

ISO 27001:2022

Un sistema de gestión de la seguridad de la información ya implantado facilita la estructuración de los procesos de gestión de vulnerabilidades exigidos por el CRA.

RG

RGPD (Reglamento UE 2016/679)

Si su producto digital trata datos personales, los requisitos de seguridad del CRA coinciden en parte con las medidas técnicas y organizativas exigidas por el artículo 32 del RGPD.

IA

AI Act (Reglamento UE 2024/1689)

Si su producto integra componentes de inteligencia artificial, el CRA y el AI Act pueden aplicarse conjuntamente según la naturaleza del producto. Un punto a aclarar caso por caso con su asesoría jurídica.

Un acompañamiento a presupuesto

Cada producto, cada alcance es diferente: elaboramos un presupuesto adaptado a su situación

Diagnóstico

Un producto, un alcance reducido

A presupuesto
Adaptado a su situación
  • Cartografía del producto afectado
  • Diagnóstico de brechas CRA
  • Síntesis de los puntos de atención
Solicitar presupuesto

Expediente completo

Gama de productos, ciclo de conformidad continuo

A presupuesto
Adaptado a su situación
  • Todo Acompañamiento +
  • Seguimiento multiproducto
  • Actualización con cada evolución del texto
  • Soporte prioritario
Solicitar presupuesto
Importante: no mostramos un precio fijo porque el esfuerzo depende del número de productos, de su complejidad y de su rol de operador económico. Cada solicitud de presupuesto se estudia individualmente.

Preguntas frecuentes

¿Le afecta el Cyber Resilience Act a mi empresa?
Si usted diseña, importa o distribuye un producto con elementos digitales (hardware conectado, software, firmware) destinado al mercado de la Unión Europea, es potencialmente afectado. El alcance exacto (posibles exenciones, categorías de productos) debe confirmarse caso por caso con su asesoría jurídica conforme al texto oficial.
¿Cuándo se aplica el reglamento en la práctica?
El reglamento entró en vigor el 10 de diciembre de 2024 y prevé una aplicación progresiva por etapas. Los plazos precisos para su categoría de producto deben verificarse en el texto oficial (EUR-Lex) en el momento de su proyecto, ya que estos plazos pueden evolucionar o precisarse mediante actos de aplicación posteriores.
¿Qué ocurre en caso de incumplimiento?
El reglamento prevé un régimen de sanciones financieras por los incumplimientos de las obligaciones que establece. Los importes y modalidades precisas deben verificarse en el texto oficial; no los mostramos aquí para evitar cualquier aproximación sobre un tema jurídico.
¿Este diagnóstico sustituye a un dictamen jurídico?
No. Nuestro acompañamiento es una herramienta de ayuda a la estructuración de su proceso de conformidad. No constituye un dictamen jurídico y no sustituye el análisis de su asesoría (abogado, jurista) sobre su situación particular.
¿Cuánto tiempo debo movilizar a mis equipos?
Depende del número de productos y de la madurez actual de sus procesos de gestión de vulnerabilidades. Una entrevista de encuadre inicial y una presentación final son sistemáticas; el volumen exacto se precisa en el presupuesto.
¿Por qué SYAGA es idónea para este acompañamiento?
SYAGA Consulting realiza auditorías de seguridad de sistemas de información desde 2009. Seguimos los textos europeos de ciberseguridad (NIS2, RGPD, DORA, CRA, AI Act) para nuestros clientes y construimos métodos de diagnóstico estructurados, sin sustituir a una asesoría jurídica.

Vigilancia reglamentaria - fuentes oficiales

Lo que dice realmente el texto del CRA, explicado de forma sencilla. Cada punto remite a su fuente oficial (EUR-Lex o Comisión Europea) para que pueda comprobarlo usted mismo.

📜

El CRA en una frase

El Cyber Resilience Act es un reglamento europeo (Reglamento (UE) 2024/2847) que establece normas de ciberseguridad para los productos digitales - hardware y software - vendidos en la Unión Europea. Entró en vigor el 10 de diciembre de 2024.
fuente oficial ↗

🔍

A quién afecta, en claro

Todo producto con elementos digitales destinado a conectarse, directa o indirectamente, a un dispositivo o a una red. Quedan excluidos los productos ya regulados por otros textos europeos: productos sanitarios, vehículos, aviación, equipos marinos, piezas de recambio idénticas, o productos concebidos exclusivamente para la defensa/seguridad nacional.
fuente oficial (Artículo 2) ↗

Las fechas que hay que recordar

10 de diciembre de 2024: el texto entró en vigor. 11 de junio de 2026: las autoridades encargadas de hacerlo cumplir deben estar operativas. 11 de septiembre de 2026: comienzan las obligaciones de notificación de vulnerabilidades e incidentes. 11 de diciembre de 2027: la mayor parte de las obligaciones, incluido el marcado CE, resulta aplicable.
fuente oficial (Artículo 71) ↗

🚨

En caso de brecha de seguridad, hay plazos

Si una vulnerabilidad activamente explotada o un incidente grave afecta a su producto, el reglamento obliga a informar a las autoridades: una primera alerta en 24 horas, una notificación más detallada en 72 horas, y un informe final a más tardar 14 días después de disponer de una corrección.
fuente oficial (Artículo 14) ↗

🔐

Algunos productos están sometidos a mayor vigilancia

El texto distingue categorías de productos consideradas más sensibles (por ejemplo antivirus, VPN, gestores de contraseñas, sistemas operativos, routers, dispositivos conectados de seguridad doméstica) y productos "críticos" (por ejemplo tarjetas inteligentes, pasarelas de contadores inteligentes), sujetos a requisitos reforzados.
fuente oficial (Anexos III y IV) ↗

Las sanciones, en claro

Hasta 15 millones de euros o el 2,5 % de la facturación mundial (el importe más elevado) para los incumplimientos más graves de los requisitos de seguridad básicos. Hasta 10 millones o el 2 % para otras obligaciones, y hasta 5 millones o el 1 % en caso de información engañosa facilitada a las autoridades. Las microempresas y pequeñas empresas se benefician de una dispensa específica sobre el retraso en el plazo de 24 horas de notificación.
fuente oficial (Artículo 64) ↗

🛡

Cómo encaja con el resto

El CRA complementa la directiva NIS2 y se apoya en la estrategia de ciberseguridad de la UE de 2020. Será necesario un marcado CE para acreditar la conformidad, y serán las autoridades nacionales de vigilancia del mercado quienes controlen su aplicación.
fuente oficial (Comisión Europea) ↗

Nota de lectura: esta página resume y simplifica el texto oficial para hacerlo comprensible en pocos minutos. En caso de duda sobre su situación, solo el texto consolidado publicado en EUR-Lex es válido; consúltelo con su asesoría jurídica.

Las sanciones del CRA, en claro

El reglamento establece 3 niveles de multa según la gravedad del incumplimiento. Esto es lo que dice exactamente el texto oficial, sin redondeos ni aproximaciones.

Incumplimiento más grave
Hasta 15 M€
o el 2,5 % de la facturación mundial
(el importe más elevado de los dos)

Requisitos esenciales de seguridad + obligaciones de notificación

Incumplimiento de los requisitos básicos de ciberseguridad (Anexo I) o de las obligaciones de los fabricantes (Artículos 13 y 14: diseño seguro, gestión de vulnerabilidades, notificación de incidentes).

Otras obligaciones
Hasta 10 M€
o el 2 % de la facturación mundial
(el importe más elevado de los dos)

Representantes, marcado CE, organismos notificados

Incumplimientos de las obligaciones de los representantes autorizados, de la declaración UE de conformidad (marcado CE), de los requisitos relativos a los organismos notificados y al acceso a los datos solicitado por las autoridades (Artículos 18 a 53 según el caso).

Información engañosa
Hasta 5 M€
o el 1 % de la facturación mundial
(el importe más elevado de los dos)

Respuesta incorrecta o incompleta a una autoridad

Facilitar información incorrecta, incompleta o engañosa a un organismo notificado o a una autoridad de vigilancia del mercado que le interroga.

fuente oficial - Reglamento (UE) 2024/2847, Artículo 64, apartados 2 a 4 ↗

📌 ¿Quién impone la multa?

Son las autoridades nacionales de vigilancia del mercado de cada Estado miembro las que aplican estas multas (no la Comisión Europea directamente). Según el sistema jurídico del país, la multa también puede ser impuesta por un tribunal nacional competente. Las autoridades de los distintos Estados miembros se comunican entre sí las multas aplicadas.

fuente oficial - Comisión Europea ↗

⚖️ Qué se tiene en cuenta para fijar el importe

El texto no impone un importe automático: la autoridad debe tener en cuenta, caso por caso:

  • la naturaleza, la gravedad y la duración del incumplimiento, y sus consecuencias;
  • una eventual multa ya aplicada por un incumplimiento similar;
  • el tamaño de la empresa (se prevé una atención particular para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, incluidas las start-ups) y su cuota de mercado.

fuente oficial - Artículo 64§5 ↗

🔑 Una excepción PYME muy concreta (no una dispensa general)

El texto prevé una única excepción cuantificada: los fabricantes que sean microempresas o pequeñas empresas no están expuestos a las multas de los niveles 2 y 3 si únicamente superan el plazo de notificación de incidentes previsto en el artículo 14 (24h/72h/informe final). Para todo lo demás (requisitos de seguridad, marcado CE, información engañosa...), se aplican los mismos límites, sea cual sea el tamaño de la empresa. Los responsables de software de código abierto ("open-source software stewards") sí se benefician de una exención más amplia.

fuente oficial - Artículo 64§10 ↗

📅 ¿A partir de cuándo son aplicables estas multas?

El régimen sancionador (Artículo 64) sigue la fecha general de aplicación del reglamento, es decir, el 11 de diciembre de 2027 - no forma parte de las escasas excepciones que se aplican antes (obligaciones de notificación de los fabricantes desde el 11 de septiembre de 2026, puesta en marcha de las autoridades desde el 11 de junio de 2026). En concreto: a 18 de julio de 2026, este régimen sancionador aún no está en vigor, por lo que todavía no se ha podido imponer ninguna multa del CRA. Por eso tampoco mostramos aquí ningún ejemplo de sanción real: todavía no existe, y no vamos a inventar uno.

fuente oficial - Artículo 71 ↗

Nota de lectura: las multas pueden acumularse con otras medidas correctoras o restrictivas adoptadas por la autoridad por el mismo incumplimiento (retirada de producto, prohibición de comercialización...). Este resumen simplifica el Artículo 64 del reglamento para hacerlo legible en pocos minutos; en caso de duda sobre su situación, solo el texto consolidado publicado en EUR-Lex es válido; consúltelo con su asesoría jurídica.

Las preguntas que un directivo se plantea de verdad sobre el Cyber Resilience Act

Sin jerga de abogado: respuestas sencillas, cada una respaldada por el texto oficial en el que se basa.

Mi empresa fabrica o vende un producto conectado: ¿me afecta el CRA?
Sí, en la mayoría de los casos. El texto oficial es amplio: se aplica a todo "producto con elementos digitales" cuyo uso previsto o razonablemente previsible "implique una conexión lógica o física, directa o indirecta, a un dispositivo o a una red". En concreto: un objeto conectado, un software, una aplicación móvil que se comunica con un servidor. Algunas familias de productos quedan explícitamente excluidas porque ya cuentan con su propia normativa de seguridad: productos sanitarios, vehículos, aeronáutica, equipos marinos, productos de defensa. Si opera en una de estas ramas, el CRA no se suma por encima, cede el paso al texto sectorial. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, artículo 2 →
Solo hago SaaS o cloud, sin objeto físico: ¿me afecta de todos modos?
No, en principio. El texto europeo lo precisa con claridad: los servicios en la nube (SaaS, PaaS, IaaS) están regulados por otro texto, la directiva NIS2, no por el CRA. Un sitio web que no controla un producto conectado tampoco entra en el ámbito del CRA. El matiz a conocer: si su servicio en la nube es la pieza indispensable para el funcionamiento de un producto conectado que usted vende (por ejemplo, la aplicación que controla a distancia un objeto que usted fabrica), esa pieza se considera entonces parte del producto y queda sujeta al CRA. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, considerando 12 →
En concreto, ¿qué fechas debo anotar en mi agenda?
Cuatro fechas, no más. El reglamento entró en vigor el 10 de diciembre de 2024. El capítulo relativo a los organismos notificados (los que certifican los productos más sensibles) se aplica desde el 11 de junio de 2026. La obligación de notificar las vulnerabilidades explotadas comienza el 11 de septiembre de 2026: es el primer plazo que realmente afecta a su día a día. El resto de las obligaciones (marcado CE, documentación técnica, requisitos de seguridad) se aplica de forma general a partir del 11 de diciembre de 2027. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, artículo 71 →   Fuente: Comisión Europea →
Si una vulnerabilidad de mi producto es explotada activamente por un atacante, ¿qué debo hacer y en cuánto tiempo?
La cuenta atrás es ajustada. En cuanto tenga conocimiento de que una vulnerabilidad de su producto está siendo explotada activamente, dispone de 24 horas para enviar una primera alerta temprana a ENISA y al CSIRT designado, y después 72 horas para transmitir una notificación más detallada. La misma lógica de plazos (24h y luego 72h) se aplica en caso de incidente de seguridad grave que afecte a su producto. Es exactamente el tipo de proceso que le ayudamos a preparar de antemano, para no descubrirlo el día en que llegue la alerta. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, artículo 14 →
¿Qué ocurre en caso de incumplimiento, en concreto, en euros?
Tres niveles, según la gravedad del incumplimiento. El más severo: hasta 15 millones de euros o el 2,5 % de la facturación anual mundial (el importe más elevado de los dos), por incumplir los requisitos de seguridad básicos o la obligación de notificación. Un segundo nivel de 10 millones de euros o el 2 % para otras obligaciones (marcado, documentación, cooperación con las autoridades). Y 5 millones de euros o el 1 % si facilita información incorrecta o engañosa a una autoridad de control. El texto también prevé un alivio para las microempresas y pequeñas empresas en caso de simple retraso en un plazo de notificación. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, artículo 64 →
Mi producto ya está comercializado hoy: ¿estoy protegido hasta 2027?
Parcialmente, y es una trampa que conviene conocer. Un producto ya en el mercado antes del 11 de diciembre de 2027 solo queda sujeto a los nuevos requisitos de seguridad si es objeto de una "modificación sustancial" después de esa fecha. Pero hay una excepción importante: la obligación de notificar las vulnerabilidades explotadas (la de las 24h/72h) se aplica a todos los productos incluidos en el ámbito del reglamento, incluidos los ya vendidos, desde el 11 de septiembre de 2026. En otras palabras, el aplazamiento a 2027 no lo cubre todo. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, artículo 69 →
Mantengo un proyecto o un componente de código abierto gratuito: ¿me afecta?
No, si su actividad sigue siendo voluntaria y no comercial: el texto excluye explícitamente a los contribuidores de código que no actúan bajo su propia responsabilidad comercial, y precisa que el desarrollo de software libre por organizaciones sin ánimo de lucro "no se considera una actividad comercial". En cambio, si usted es una fundación o una estructura que mantiene un proyecto ampliamente reutilizado comercialmente por terceros, se aplica un régimen específico y aligerado (el estatuto de "open-source software steward"): una política de ciberseguridad documentada y cooperación con las autoridades, pero no la totalidad de las obligaciones de un fabricante clásico. Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847, considerando 18 y artículo 24 →

El calendario del CRA, explicado de forma sencilla

El reglamento no se aplica de golpe: avanza por etapas, a lo largo de varios años. Estas son las fechas que realmente importan, en orden, con lo que significan en concreto para usted. Cada fecha remite al texto oficial para su verificación.

11/24
YA PASADO

20 de noviembre de 2024 - publicación en el Diario Oficial

El texto del reglamento (UE) 2024/2847 se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea. Es el punto de partida de la cuenta atrás: todos los plazos siguientes se calculan a partir de esta fecha.
fuente oficial (EUR-Lex, publicación) ↗

12/24
EN VIGOR

10 de diciembre de 2024 - entrada en vigor del texto

El reglamento entra en vigor veinte días después de su publicación (norma habitual para los textos europeos). El texto existe, por tanto, jurídicamente desde esta fecha - pero la inmensa mayoría de las obligaciones concretas para las empresas todavía no son exigibles: llegan por etapas, ver el resto del calendario.
fuente oficial (Artículo 71 §1) ↗

06/26
EN VIGOR

11 de junio de 2026 - las autoridades de control se organizan

El capítulo del reglamento dedicado a los organismos encargados de evaluar la conformidad de los productos ("organismos notificados") se aplica en esta fecha. Es una etapa de organización por parte de los Estados miembros: todavía no es un plazo directo para su empresa.
fuente oficial (Artículo 71 §2, capítulo IV) ↗

09/26
PRIMER PLAZO CONCRETO

11 de septiembre de 2026 - la notificación de vulnerabilidades pasa a ser obligatoria

Es el primer plazo que realmente le afecta. A partir de esta fecha, toda vulnerabilidad activamente explotada o todo incidente grave que afecte a uno de sus productos digitales debe notificarse a las autoridades siguiendo plazos estrictos: una primera alerta en 24 horas, una notificación detallada en 72 horas, y después un informe final (14 días tras la corrección para una vulnerabilidad, 1 mes tras la notificación para un incidente).
fuente oficial (Artículo 71 §2, Artículo 14) ↗

12/26
OBJETIVO DE LOS ESTADOS

11 de diciembre de 2026 - una red de organismos notificados suficiente

Los Estados miembros deben "esforzarse" por haber puesto en marcha suficientes organismos notificados para evitar cuellos de botella administrativos, un año antes de la entrada en aplicación general. No es una obligación vinculante para las empresas, sino un hito de organización por parte de las administraciones.
fuente oficial (Artículo 35 §2) ↗

12/27
PLAZO MAYOR

11 de diciembre de 2027 - se aplica la mayor parte del reglamento

Es LA fecha estructurante a recordar. Marcado CE, cumplimiento de los requisitos esenciales de ciberseguridad (documentación técnica, gestión del ciclo de vida de las vulnerabilidades, actualizaciones de seguridad...): la práctica totalidad de las obligaciones del CRA resulta exigible en esta fecha para los productos comercializados.
fuente oficial (Artículo 71 §2) ↗

06/28
TRANSITORIO

11 de junio de 2028 - fin del periodo transitorio para los productos ya certificados en otro marco

Si sus productos ya están cubiertos por otra normativa europea (por ejemplo, equipos radioeléctricos o maquinaria) y ya disponen de un certificado de ciberseguridad obtenido bajo ese texto, este sigue siendo válido como máximo hasta esta fecha, salvo que expire antes.
fuente oficial (Artículo 69 §1) ↗

Algo que conviene saber: dos reglas que coexisten. Un producto ya en el mercado antes del 11 de diciembre de 2027 solo queda sujeto a los nuevos requisitos si es objeto de una modificación sustancial después de esa fecha (Artículo 69 §2). Pero atención: la obligación de notificar las vulnerabilidades e incidentes graves (Artículo 14, desde el 11 de septiembre de 2026) se aplica, por excepción, a todos los productos ya en el mercado, sin excepción (Artículo 69 §3). En otras palabras, "producto ya vendido" no significa "ninguna obligación de notificación".
fuente oficial (Artículo 69) ↗
La cuenta atrás que importa hoy: queda algo menos de 2 meses para la obligación de notificación de vulnerabilidades (11 de septiembre de 2026), y algo menos de 17 meses para la aplicación general del reglamento (11 de diciembre de 2027). Es el momento adecuado para cartografiar sus productos afectados y preparar su expediente técnico, en lugar de descubrir el asunto en el último momento.

Quién está afectado, en detalle: el perímetro oficial del CRA

Más allá de los tres roles (fabricante, importador, distribuidor), esto es lo que dice exactamente el texto: el criterio que activa el reglamento, lo que queda excluido, y ejemplos concretos de productos para saber si le afecta, sin jerga.

El criterio adoptado por el reglamento no es una lista de sectores, es un criterio técnico: la conectividad. El texto se aplica a todo "producto con elementos digitales" cuyo uso previsto, o razonablemente previsible, implique una conexión lógica o física, directa o indirecta, a un dispositivo o a una red. Un objeto que nunca se conecta a nada queda fuera del ámbito; un software, una aplicación, un componente embebido que se comunica con una red sí entra, sea cual sea su tamaño o su sector.
fuente oficial, Reglamento (UE) 2024/2847, Artículo 2 §1 ↗

Los tres roles, con las palabras exactas del reglamento

Fabricante

Quien desarrolla o encarga el desarrollo de un producto digital y lo comercializa bajo su nombre o marca. El texto precisa explícitamente que la condición de fabricante se aplica "ya sea contra pago, mediante monetización o de forma gratuita": ofrecer un producto gratuito no basta para quedar fuera del ámbito.

fuente oficial, Artículo 3(13) ↗

Importador

Toda persona establecida en la UE que introduce en el mercado europeo un producto con el nombre o la marca de una persona establecida fuera de la Unión. Una PYME que revende en España, bajo su propio nombre, hardware conectado fabricado fuera de la UE asume este rol, con las obligaciones correspondientes.

fuente oficial, Artículo 3(16) ↗

Distribuidor

Toda persona de la cadena de suministro, distinta del fabricante o del importador, que pone un producto a disposición en el mercado de la UE sin modificar sus características. Es el rol por defecto de un revendedor o un integrador que no interviene sobre el producto.

fuente oficial, Artículo 3(17) ↗

Lo que queda explícitamente fuera del ámbito del CRA

🏥 Productos sanitarios y de diagnóstico in vitro

Ya cubiertos por su propia normativa de seguridad (Reglamentos (UE) 2017/745 y 2017/746): el CRA no se añade encima.

fuente oficial, Artículo 2 §2 ↗

🚗 Vehículos de motor homologados

Cubiertos por el reglamento de homologación de tipo (UE) 2019/2144, que ya regula la ciberseguridad de los vehículos.

fuente oficial, Artículo 2 §2(c) ↗

✈️ Aeronáutica certificada

Los productos certificados según el reglamento (UE) 2018/1139 sobre aviación civil permanecen bajo ese marco sectorial específico.

fuente oficial, Artículo 2 §3 ↗

⚓️ Equipos marinos

Los equipos regulados por la directiva 2014/90/UE sobre equipos marinos tienen su propio régimen y quedan fuera del CRA.

fuente oficial, Artículo 2 §4 ↗

🔧 Piezas de recambio idénticas

Una pieza de repuesto fabricada conforme a las mismas especificaciones que el componente original que sustituye no es un producto nuevo a efectos del CRA.

fuente oficial, Artículo 2 §6 ↗

🛡️ Defensa nacional e información clasificada

Los productos desarrollados o modificados exclusivamente para la defensa o la seguridad nacional, o concebidos para tratar información clasificada, quedan fuera del ámbito.

fuente oficial, Artículo 2 §7 y §8 ↗

Ejemplos concretos: si fabrica o vende esto, probablemente le afecta

El propio reglamento enumera categorías de productos consideradas "importantes" (vigilancia reforzada) o "críticas" (el nivel de exigencia más elevado). Son solo ejemplos ilustrativos entre todos los productos conectados cubiertos, pero dan una idea muy concreta de los sectores señalados con prioridad.

Productos "importantes", clase I, requisitos reforzados
Gestores de contraseñas Antivirus y antimalware Software y dispositivos VPN Navegadores Sistemas operativos Routers, módems, switches Gestión de identidad y accesos (IAM) SIEM Asistentes de voz domésticos Cerraduras, cámaras y alarmas conectadas Vigilabebés conectados Juguetes conectados con micrófono, cámara o geolocalización Dispositivos portátiles de salud conectada
Productos "importantes", clase II, evaluación aún más reforzada
Cortafuegos y sistemas de detección de intrusiones Hipervisores y entornos de ejecución de contenedores Microprocesadores y microcontroladores resistentes a manipulaciones
Productos "críticos" (Anexo IV), el nivel de exigencia más elevado
Dispositivos de seguridad hardware Pasarelas de contadores inteligentes Tarjetas inteligentes y elementos seguros

lista completa, fuente oficial, Anexos III y IV del reglamento ↗

¿Y si es una estructura pequeña? La definición oficial

Categoría Plantilla Facturación anual o balance total
Microempresa menos de 10 empleados 2 millones de euros como máximo
Pequeña empresa menos de 50 empleados 10 millones de euros como máximo
Mediana empresa menos de 250 empleados facturación de 50 M€ como máximo, o balance de 43 M€ como máximo

Esta definición oficial es la que el reglamento utiliza siempre que menciona a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (documentación simplificada, excepciones dirigidas sobre las multas ya detalladas anteriormente). fuente oficial, Recomendación 2003/361/CE, Artículo 2 del anexo ↗

En la práctica: el criterio de conectividad hace que el ámbito del CRA sea muy amplio, y el tamaño de su empresa no le excluye del perímetro; influye sobre todo en el nivel de documentación y en algunas excepciones dirigidas. El punto de partida razonable sigue siendo siempre el mismo: cartografiar sus productos frente a estos criterios oficiales antes de actuar, que es precisamente la primera etapa de nuestro acompañamiento CRA-Express.

Su autoridad de control, según su país

En Europa, cada país tiene sus propias autoridades. A continuación, para los 30 países del Espacio Económico Europeo, la autoridad de protección de datos (su interlocutor RGPD) y la autoridad nacional de ciberseguridad. Cada nombre remite al sitio oficial.

PaísProtección de datosCiberseguridad
AlemaniaBfDI - Die Bundesbeauftragte für den Datenschutz und die InformationsfreiheitBSI - Bundesamt für Sicherheit in der Informationstechnik (Federal Office for Information Security)
AustriaOsterreichische Datenschutzbehorde (DSB)CERT.at
BélgicaAutorite de la protection des donnees - Gegevensbeschermingsautoriteit (APD-GBA)Centre for Cybersecurity Belgium (CCB)
BulgariaCommission for Personal Data Protection (CPDP)CERT Bulgaria (National Cybersecurity Incident Response Team, State e-Government Agency)
ChipreOffice of the Commissioner for Personal Data Protection (Cyprus Data Protection Authority)Digital Security Authority (DSA)
CroaciaAgencija za zastitu osobnih podataka (AZOP) - Croatian Personal Data Protection AgencyNational Cyber Security Centre (NCSC-HR), operating under the Security and Intelligence Agency (SOA)
DinamarcaDatatilsynetForsvarets Efterretningstjeneste (FE) - Cybersituationscenter, national CSIRT (Danish Defence Intelligence Service)
EspañaAgencia Espanola de Proteccion de Datos (AEPD)INCIBE - Instituto Nacional de Ciberseguridad (Spanish National Cybersecurity Institute)
EstoniaEstonian Data Protection Inspectorate (Andmekaitse Inspektsioon)Information System Authority (RIA) - National Cyber Security Centre of Estonia (NCSC-EE), heberge CERT-EE
FinlandiaOffice of the Data Protection Ombudsman (Tietosuojavaltuutetun toimisto)National Cyber Security Centre Finland (NCSC-FI)
FranciaCNIL (Commission Nationale de l'Informatique et des Libertes)ANSSI (Agence Nationale de la Securite des Systemes d'Information)
GreciaHellenic Data Protection Authority (HDPA) - Arkhi Prostasias Dedomenon Prosopikou KharaktiraNational Cybersecurity Authority (NCSA) - Ethniki Arkhi Kyvernoasfaleias
HungríaNemzeti Adatvedelmi es Informacioszabadsag Hatosag (NAIH) - Hungarian National Authority for Data Protection and Freedom of InformationNational Cyber Security Center of Hungary (NCSC-HU / NKI), operant au sein du Special Service for National Security (SSNS)
IrlandaData Protection Commission (DPC)National Cyber Security Centre (NCSC-IE), incluant le CSIRT-IE
IslandiaPersonuvernd (Icelandic Data Protection Authority)CERT-IS
ItaliaGarante per la protezione dei dati personaliAgenzia per la Cybersicurezza Nazionale (ACN)
LetoniaData State Inspectorate (Datu valsts inspekcija)CERT.LV - Cyber Incident Response Institution of the Republic of Latvia
LiechtensteinDatenschutzstelle Fürstentum LiechtensteinCSIRT.LI (Computer Security Incident Response Team Liechtenstein / National Cyber Security Unit)
LituaniaState Data Protection Inspectorate (Valstybine duomenu apsaugos inspekcija - VDAI)National Cyber Security Centre (Nacionalinis kibernetinio saugumo centras - NKSC)
LuxemburgoCommission Nationale pour la Protection des Données (CNPD)Agence nationale de la sécurité des systèmes d'information (ANSSI Luxembourg), sous le Haut-Commissariat à la protection nationale (HCPN)
MaltaOffice of the Information and Data Protection Commissioner (IDPC)CSIRTMalta (Critical Information Infrastructure Protection Unit, Ministry for Home Affairs and National Security)
NoruegaDatatilsynetNSM (Nasjonal sikkerhetsmyndighet / National Security Authority) (a confirmar)
Países BajosAutoriteit Persoonsgegevens (AP)National Cyber Security Centre (NCSC-NL)
PoloniaUrząd Ochrony Danych Osobowych (UODO)CSIRT NASK (CERT Polska)
PortugalComissão Nacional de Proteção de Dados (CNPD)Centro Nacional de Cibersegurança (CNCS)
RumaníaANSPDCP - Autoritatea Nationala de Supraveghere a Prelucrarii Datelor cu Caracter Personal (National Supervisory Authority for Personal Data Processing)a confirmar
EslovaquiaUrad na ochranu osobnych udajov Slovenskej republikyNarodny bezpecnostny urad (National Security Authority) - SK-CERT / National Cyber Security Centre
EsloveniaInformation Commissioner of the Republic of Slovenia (Informacijski pooblascenec)Government Information Security Office (GISO / URSIV - Urad Vlade RS za Informacijsko Varnost)
SueciaIntegritetsskyddsmyndigheten (IMY) - Swedish Authority for Privacy ProtectionNationellt cybersakerhetscenter (NCSC-SE), rattache a FRA, integre CERT-SE (CSIRT national)
ChequiaUrad pro ochranu osobnich udaju (UOOU) - Office for Personal Data ProtectionNarodni urad pro kybernetickou a informacni bezpecnost (NUKIB) - National Cyber and Information Security Agency

Fuentes: sitios oficiales de las autoridades y lista de miembros del EDPB (edpb.europa.eu), consultados el 18 de julio de 2026. Autoridades de protección de datos confirmadas: 30/30. Autoridades de ciberseguridad confirmadas: 28/30. Las menciones «a confirmar» indican una fuente oficial aún no consolidada.

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